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jueves, 1 de agosto de 2013

Condenada por incumplir el régimen de visitas decretado por el juez

Una mujer, a la que un juez otorgó la guarda y custodia de sus dos hijos menores de edad en octubre de 2010, ha sido condenada por decimocuarta vez por no llevar a sus hijos al punto de encuentro familiar establecido legalmente para permitir la comunicación con su ex-pareja y padre de los niños, tal y como han demostrado en reiteradas ocasiones los detectives contratados por el padre a tal efecto.
 
En la sentencia, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial rechaza el recurso interpuesto por la mujer contra el fallo del Juzgado de Instrucción número 12 que la condenó a pagar una multa de 120 euros por no presentarse con sus hijos el 2 de junio de 2012 en el punto de encuentro fijado por resolución judicial, impidiendo así ejercer su derecho de visita al padre.
 
Según la juez, la madre ha imposibilitado e incumplido la obligación familiar consistente en posibilitar el régimen de comunicación y visitas de los menores con el padre sin motivo legítimo debidamente justificado.
 
La mujer, que ha sido absuelta en dos ocasiones, cuenta con otras 12 sentencias condenatorias dictadas por distintos juzgados de Instrucción y por la Audiencia Provincial de Sevilla, que han considerado que la condenada incumplió el régimen de visitas fijado.
 
Fuente: ELMUNDO.es
 
 

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